INCLUSION AL REGIMEN DE FIJACION DEL 0% AL RECARGO MINIMO A LAS IMPORTACIONES. TASA GLOBAL ARANCELARIA




Promulgación: 03/12/2003
Publicación: 10/12/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 1411
VISTO: El Decreto Nº 279/001, de 17 de julio de 2001, que fijó en 0% el 
recargo mínimo al que aluden los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 
479/982, de 27 de diciembre de 1982 y sus modificativos, para ciertos 
bienes de capital.-

RESULTANDO: que el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y 
Medio Ambiente ha recomendado la desgravación de la importación de los 
sistemas de filtrado de gases, por sus beneficiosos efectos 
ambientales.-

CONSIDERANDO: conveniente la inclusión de los mencionados equipos en la 
nómina de bienes amparados por el régimen mencionado en el Visto.-

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por el artículo 2º de la Ley Nº 
12.670 de 17 de diciembre de 1959 y por el artículo 4º del Decreto-ley Nº 
14.629, de 5 de enero de 1977.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Inclúyese en el anexo del Decreto Nº 279/001, de 17 de julio de 2001, el 
item NCM 8421.39.90.00.-

Artículo 2

 Dése cuenta a la Asamblea General.-

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

HIERRO LOPEZ - ISAAC ALFIE - DIDIER OPERTTI - JOSE VILLAR - MARTIN 
AGUIRREZABALA - SAUL IRURETA


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