CREACION DE LA COMISION INTERINSTITUCIONAL ENCARGADA DE ELABORAR UN PLAN NACIONAL DE SISTEMA UNIFICADO DE CONTROL VEHICULAR




Promulgación: 26/10/2009
Publicación: 06/11/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 1379
VISTO: lo dispuesto por los Decretos 462/994 de 11 de octubre de 1994 y
496/994 de 9 de noviembre de 1994 y por la Resolución del Poder Ejecutivo
de 12 de agosto de 1996;

RESULTANDO: I) que dichas normas permitieron a nuestro país la
introducción de tecnología para la implantación de un Sistema de Control
Vehicular (SISCONVE) único para toda la flota pública vehicular con el
cometido principal de contribuir a la mejora de su gestión;

II) que su implantación ha permitido logros considerables en materia de
mejora de la gestión, mediante la racionalización en el uso de los
vehículos oficiales y la transparencia en el uso de los mismos,
permitiendo decrecimientos sustanciales en los consumos de combustible;

II) que se hace necesario adecuarlo al desarrollo que a nivel mundial se
ha alcanzado en la electrónica, las comunicaciones y el manejo de la
información;

CONSIDERANDO: I) que nuestro país ha priorizado el desarrollo del área del
conocimiento y la tecnología creando la Agencia para el Desarrollo del
Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del
Conocimiento (AGESIC);

II) que se hace imprescindible profundizar esta línea de trabajo e
integrar el Sistema de Control Vehicular a la política general mencionada
en el numeral anterior promoviendo el desarrollo nacional en esta materia;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Créase una Comisión Interinstitucional que funcionará en la órbita de la
Presidencia de la República, integrada por un representante de cada
Ministerio, Ente Autónomo y Servicio Descentralizado, de la Agencia para
el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la
Información y del Conocimiento (AGESIC), de la Presidencia de la
República, quien la coordinará, y por invitación, un representante del
Congreso de Intendentes.

Artículo 2

 La referida Comisión tendrá como cometido, en un plazo de sesenta días
desde su constitución, la elaboración de un Plan Nacional de Sistema
Unificado de Control Vehicular de carácter nacional, para su aprobación
por el Poder Ejecutivo, que contenga:
a) las características de una nueva versión del Sistema de Control
   Vehicular (SISCONVE) adecuada a los adelantos tecnológicos, a los
   requerimientos de los usuarios nacionales surgidos a partir de la
   experiencia adquirida y que constituya un sistema integral común a
   todos los organismos públicos, facilitando el debido contralor de
   acuerdo a pautas de carácter nacional;
b) las formas de contratación que estime convenientes a los efectos de la
   implantación del sistema que se convenga;
c) las formas contractuales y las formas de financiamiento para la
   integración al Sistema de la totalidad de la flota pública nacional.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - JORGE BRUNI - PEDRO VAZ - ALVARO GARCIA - GONZALO FERNANDEZ  - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - RAUL SENDIC - JULIO BARAIBAR - MARIA JULIA MUÑOZ - ANDRES BERTERRECHE - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI
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