EMISION DE BONOS DEL TESORO. 14ª SERIE




Promulgación: 01/11/1989
Publicación: 20/02/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 607
Referencias a toda la norma
 Visto: la conveniencia de emitir una nueva serie de Bonos del Tesoro.

 Considerando: lo dispuesto por los decretos leyes 14.268 de 20 de
setiembre de 1974 y 14.814 de 29 de agosto de 1978, ley 15.773 de 23 de
setiembre de 1985 y ley 15.851, artículo 207, de 24 de diciembre de 1986.

 Atento: a lo informado por el Banco Central del Uruguay en su carácter de
Agente Financiero del Estado,

                         El Presidente de la República,

                                     DECRETA:

Artículo 1

   Se autoriza al Banco Central del Uruguay en su carácter de Agente
Financiero del Estado, a emitir hasta la suma de U$S 24:000.000,00
(veinticuatro millones de dólares de los Estados Unidos de América) en
títulos denominados en Bonos del Tesoro - Tasa de Interés- Variable 14ª.
Serie de ocho años de plazo.

  El Banco Central del Uruguay establecerá el valor de la lámina en que se
dividirá la presente emisión. Dichos Bonos serán al portador y llevarán
las Firmas impresas del Ministerio de Economía y Finanzas, del Contador
General de la Nación y del Gerente General del Banco Central del Uruguay.
 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 4.

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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