SISTEMA DE CONTROL VEHICULAR PARA LA FLOTA OFICIAL - CREACION DE COMISION HONORARIA




Promulgación: 09/11/1994
Publicación: 25/11/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 1425
Referencias a toda la norma

Artículo 2

  La Comisión Honoraria estará integrada por nueve miembros: un delegado
de la Secretaría de la Presidencia de la República, que la presidirá, un
delegado de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland
que ejercerá la secretaría, un delegado de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, un delegado de cada uno de los Ministerios de Ganadería,
Agricultura y Pesca y de Transporte y Obras Públicas y un delegado de cada
uno de los organismos siguientes: Administración Nacional de
Telecomunicaciones, Administración de las Obras Sanitarias del Estado,
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas y, por
invitación, de la Intendencia Municipal de Montevideo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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