ACTUALIZACION DEL MONTO A PERCIBIR POR EL INAVI. IVA A LOS VINOS NACIONALES E IMPORTADOS




Promulgación: 30/12/2002
Publicación: 31/12/2002
Sección: Ultimo Momento
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1784
VISTO: que el artículo 2º del Decreto Nº 70/002, de 28 de febrero de 
2002, comete al Poder Ejecutivo la actualización del monto del impuesto a 
percibir por el Instituto Nacional de Vitivinicultura (I.NA.VI.), por 
concepto del Impuesto al Valor Agregado.-

CONSIDERANDO: conveniente hacer uso de la referida facultad.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 A partir del 1º de enero de 2003 los montos por litro de la percepción 
se determinarán de acuerdo al siguiente detalle:

VINOS NACIONALES                         PRECIO ($)     %     IMPUESTO ($)
Envases de hasta 0.75 lts.               33,oo          10    3,30
Envases de más de 0.75 hasta 2.99 lts.   15,75          10    1,58
Envases de más de 2.99 y hasta 10 lts.   7,50           10    0.75
Restantes envases y vino a granel        4,65           10    0.47
VINOS IMPORTADOS                         33,oo          10    3,30 (*)

BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY
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