AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Visto: la gestión de la firma Paysandú Industrias del Cuero S.A.
(PAYCUEROS S.A.), tendiente a obtener prórroga de los plazos previstos por
el artículo 6º del decreto 1.025/974 de 19 de diciembre de 1974.
De conformidad: con lo informado por la Comisión creada por el artículo 7º
del decreto 1.025/974 de 19 de diciembre de 1974,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1975 la vigencia de la disposición
establecida en el artículo 1º del decreto 1.025/974 de 19 de diciembre de
1974 y hasta el 30 de junio de 1976, la vigencia de las disposiciones
referidas en los artículos 2º al 5º inclusive de dicho decreto.