{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "495" 
  ,"anioNorma" : 1965 
  ,"nombreNorma" : "IMPORTACIONES. SEMILLAS DE PAPA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1965/11/17/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/10/1965" 
  ,"fechaPublicacion" : "17/11/1965" 
  , "vistos" : " Fíjase el plazo de presentación de las denuncias de importación y apertura de créditos correspondientes ante el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) a los efectos de la importación de semilla de papa del Hemisferio Norte, por firmas privadas abastecedoras. " 
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