COORDINACION DE LOS TRANSPORTES TERRESTRES EN FRAY BENTOS-PUERTO UNZUE. PAYSANDU-COLON Y SALTO GRANDE POR PARTE DE LA OPP




Promulgación: 18/06/1975
Publicación: 30/06/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 1414
Referencias a toda la norma
                            AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Visto: que a breve plazo comenzarán a operar las infraestructuras de
interconexión física del Uruguay con la Argentina.

Considerando: que el objeto de estas interconexiones es facilitar el
tránsito de personas, vehículos y mercaderías, para lo cual se debe
facilitar la realización de los trámites administrativos correspondientes,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto coordinará el estudio de los
Servicios y de los Trámites necesarios que se prestarán en los vehículos
de transporte terrestre en Fray Bentos-Puerto Unzué, Paysandú-Colón y
Salto Grande.

 Su tarea se desarrollará en contacto directo con el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas.

Artículo 2

Los organismos públicos y servicios vinculados con esta materia, deberán
prestar preferente apoyo a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para
facilitar la tarea encomendada.

Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc.

BORDABERRY - EDUARDO CRISPO AYALA - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
Ayuda