Reglaméntase la Ley Nº 14.032 de 8 de octubre de 1971 referente a la asistencia de los enfermos de diabetes. Determínase como medida
preventiva de salud el examen gratuito de diagnóstico y en caso de ser declarada la enfermedad el paciente obtendrá un carnet de asistencia. El Carnet de Diabético lo expedirá la Comisión Honoraria Asesora de Diabetes del Ministerio de Salud Pública. Establécense impedimentos para la realización de trabajos nocivos para la salud del paciente, especialmente prohíbese las tareas de conductores de vehículos de transporte colectivo, pilotos aviadores o personal de vuelo y personal de las Fuerzas Armadas,
de la Policía y Cuerpos de Bomberos.