APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2012




Promulgación: 30/12/2011
Publicación: 16/01/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1916
Referencias a toda la norma

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 40

 Declárase a efectos del cómputo del usufructo de la licencia anual,
licencia por paternidad y licencia por estudio de los funcionarios de la
Dirección General de Casinos que prestan funciones bajo el régimen de tipo
hebdomadario rotativo, que los días hábiles son todos los días del año,
excepto uno de descanso semanal cada cinco de trabajo, los días 1° de
enero, 1° de mayo, 18 de julio, 25 de agosto, 25 de diciembre y
excepcionalmente cuando el Poder Ejecutivo disponga un feriado no
laborable.-
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