APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2012




Promulgación: 30/12/2011
Publicación: 16/01/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 1916
Referencias a toda la norma

DE LAS RETRIBUCIONES POR SERVICIOS PERSONALES

Artículo 18

 Los Gerentes de Casinos y Salas de Esparcimiento o quienes hagan sus
veces, que se encuentren comprendidos en lo dispuesto en el artículo 9 del
presente Decreto, con excepción de los Jefes de Sector Administrativo,
tendrán derecho a optar por percibir el beneficio regulado en el Decreto
360/978, por el establecimiento en el cual desempeñan su cargo o por
Oficina Central. Dicha manifestación de voluntad, deberán comunicarla
formalmente a la Dirección General, en el término de 30 días corridos de
tomar posesión de un nuevo destino.-
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