{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "490" 
  ,"anioNorma" : 1990 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR - NOMENCLATURA ARANCELARIA\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1990/11/23/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/10/1990" 
  ,"fechaPublicacion" : "23/11/1990" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1990 
  ,"pagina" : 427 
  } 
  ,"vistos" : "  Visto: los análisis que viene realizando la Comisión creada por el\r\nartículo 9º del decreto 5/983 de 5 de enero de 1983.\r\n\r\n Considerando: surge de los mismos la conveniencia de prorrogar los\r\nPrecios Mínimos de Exportación provisionales fijados por el decreto de 21\r\nde junio de 1990, para la importación de cocinas a gas o supergas de dos y\r\ntres hornallas.\r\n\r\n Atento: a lo expresado y a lo establecido por los decreto 5/983 citado y\r\n141/984 de 10 de abril de 1984,\r\n\r\n                         El Presidente de la República\r\n\r\n                                    DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/490-1990/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Prorrógase por un período de 2 (dos) meses los Precios Mínimos de\r\nExportación, de carácter provisional, fijados por el decreto de 21 de\r\njunio de 1990 para la importación de los productos que se detallan:\r\n\r\na) Cocinas de dos hornallas U$S 44.00 (cuarenta y cuatro dólares de los\r\n   Estados Unidos de América) la unidad CIF;\r\n\r\nb) Cocinas de dos hornallas de sobremesa con o sin pautas U$S 31,00\r\n   (treinta y un dólares de los Estados Unidos de América) la unidad CIF;\r\n\r\nc) Cocinas de tres hornallas U$S 75,00 (setenta y cinco dólares de los\r\n   Estados Unidos de América) la unidad CIF;\r\n\r\nEste último precio se incrementará por los siguientes conceptos:\r\n\r\n- Luz en el horno, U$S 3,50 (tres dólares de los Estados Unidos de América\r\n  con 50/100) por unidad CIF;\r\n\r\n- Termostato, U$S 17,50 (diecisiete dólares de los Estados Unidos de\r\n  América con 50/100) por unidad CIF;\r\n\r\n- Tapa de cristal, U$S 8,50 (ocho dólares de los Estados Unidos de América\r\n  con 50/100) por unidad CIF:\r\n\r\n- Tapa metálica, U$S 4,00 (cuatro dólares de los Estados Unidos de\r\n  América) por unidad CIF;\r\n\r\n- laterales de acero inoxidable, U$S 11,00 (once dólares de los Estados\r\n  Unidos de América) por unidad CIF;\r\n\r\n- Parte superior de acero inoxidable, U$S 7,50 (siete dólares de los\r\n  Estados Unidos de América con 50/100) por unidad CIF;\r\n\r\n- Vidrio doble en tapa de horno, U$S 8,00 (ocho dólares de los Estados\r\n  Unidos de América) por unidad CIF;\r\n\r\n- Encendido automático, U$S 23,00 (veintitrés dólares de los Estados\r\n  Unidos de América) por unidad CIF;\r\n\r\n- Asador rotativo (incluido encendido automático), U$S 45.00 (cuarenta y\r\n  cinco dólares de los Estados Unidos de América) por unidad CIF;\r\n\r\n- Parrilla o plancha desmontables, U$S 17,00 (diecisiete dólares de los\r\n  Estados Unidos de América) por unidad CIF;\r\n\r\n- Termo control, U$S 2,50 (dos dólares de los Estados Unidos de América\r\n  con 50/100) por unidad CIF;\r\n\r\n- Bandejas de horno, U$S 2,50 (dos dólares de los Estados Unidos de\r\n  América con 50/100) por unidad CIF.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/490-1990/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese en 2 (dos) diarios de la Capital, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA - AUGUSTO MONTESDEOCA\r\n " 
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