{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "490" 
  ,"anioNorma" : 1987 
  ,"nombreNorma" : "RESERVA MINERA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1987/09/11/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/08/1987" 
  ,"fechaPublicacion" : "11/09/1987" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1987 
  ,"pagina" : 306 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/490-1987?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "     Visto: el planteamiento formulado por la Dirección Nacional de Minería\r\ny Geología respecto de determinadas áreas de interés en minerales\r\nmetálicos en los departamentos de Durazno, Treinta y Tres y Cerro Largo en\r\nejecución del Inventario Minero Nacional.\r\n\r\n    Resultando: que las zonas a estudiar revisten interés por configurar\r\nun aspecto metalogénico inédito cua importancia es necesario dilucidar en\r\nbeneficio del país.\r\n\r\n    Considerando: que corresponde decretar la Reserva Minera de esas áreas\r\na efectos de amparar las labores que realiza el Estado de conformidad con\r\nlo previsto por los artículos 51 y siguientes del Código de Minería.\r\n\r\n    Atento: a lo expuesto,\r\n\r\n    El Presidente de la República\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/490-1987/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Dispónese la Reserva Minera de la zona del territorio nacional que se\r\nestablece, a fin de amparar las labores de prospección y exploración que\r\nse ejecutan en el marco del Inventario Minero Nacional.\r\nLa zona sometida a Reserva Minera abarca fotoplanos Cerro Chato,\r\nValentines, Chileno y de Rossell y Rius y es la siguiente:\r\nZona XIV. - Coordenadas del Plan Cartográfico Nacional: A x = 535 y = 6355\r\n(Incluido totalmente en el departamento de Durazno); B x = 535 y = 6350\r\n(incluido totalmente en el departamento de Durazno); C x = 515 = 6350\r\n(incluido totalmente en el departamento de Durazno; D x = 515 y = 6315\r\n(incluido totalmente en el departamento de Durazno); E x = 565 y = 6315\r\n(incluido totalmente en el departamento de Treinta y Tres); F x = 565 y =\r\n6355 (incluido totalmente en el departamento de Cerro Largo).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/490-1987/2" 
 ,"textoArticulo" : "     La Reserva Minera se extenderá por un plazo de tres años a partir de\r\nla fecha y comprenderá la totalidad de los yacimientos de minerales\r\nmetálicos existentes en las áreas mencionadas cometiéndose la realización\r\nde las labores a la Dirección Nacional de Minería y Geología.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/490-1987/3" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN\r\n " 
 }