APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL




Promulgación: 29/09/1981
Publicación: 15/10/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 1228
    Visto: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea a los efectos
de que se declare vigente la Enmienda 22 a las Normas y Métodos
Recomendados Internacionales - Servicio de Información Aeronáutica - Anexo
15 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

    Resultando: I) Que por decreto 664/974, de 20 de agosto de 1974, se
declaró incorporado al derecho interno el texto de las Normas y Métodos
Recomendados Internacionales referidos, incluidas las Enmiendas 1 a 15 y
por decretos 591/975, 734/975, 488/976, 723/977, 193/978 y 50/981, de
fechas 29 de junio de 1975; 30 de setiembre de 1975; 3 de agosto de 1976;
27 de diciembre de 1977; 11 de abril de 1978 y 10 de febrero de 1981, las
Enmiendas 16, 17, 18, 19, 20 y 21 respectivamente;

II) Que el Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional en
su 9ª sesión de su 102º período de sesiones, el día 13 de marzo de 1981,
adoptó la referida Enmienda, la que no fue desaprobada por más de la mitad
de los Estados partes en el plazo que disponen para hacerlo.

    Considerando: I) Que en virtud de que en la Enmienda a las Normas y
Métodos Recomendados Internacionales en vista, no contiene disposiciones
que contraríen la legislación y el orden público internos, correspondería
declarar su vigencia en el derecho interno de conformidad con los
artículos 37, 54 y 90 del Convenio referido en el Visto, ratificado por la
ley 12.018, del 4 de diciembre de 1953;

II) Lo establecido por el artículo 72 de las Normas de Política
Aeronáutica aprobadas por decreto 325/974, del 26 de abril de 1974 y los
preceptos del Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

    Atento: a lo informado por el Comando General de la Fuerza Aérea con
el asesoramiento de la Comisión Nacional de Política Aeronáutica,

                      El Presidente de la República,

                                  DECRETA:

Artículo 1

    Declárase vigente a partir del 26 de noviembre de 1981, la Enmienda 22
a las Normas y Métodos Recomendados Internacionales - Servicios de
Información Aeronáutica - Anexo 15 al Convenio sobre Aviación Civil
Internacional. (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el 
Diario Oficial correspondiente.
Referencias al artículo

Artículo 2

    Comuníquese, publíquese y vuelva al Comando General de la Fuerza Aérea
para su conocimiento y para que disponga las comunicaciones del caso

ALVAREZ - JUSTO M. ALONSO - ESTANISLAO VALDES OTERO
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