{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "49" 
  ,"anioNorma" : 2026 
  ,"nombreNorma" : "DEROGACION DEL DECRETO 216/023, QUE REGLAMENTO EL ART. 461 DE LA LEY 20.075, RELATIVO A LA ASIGNACION PRESUPUESTAL ANUAL PARA EL PROGRAMA \"INVESTIGACION, INNOVACION Y DESARROLLO EXPERIMENTAL\", “URUGUAY INNOVATION HUB\"." 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2026/03/19/21" 
    ,"fechaPromulgacion" : "12/03/2026" 
  ,"fechaPublicacion" : "19/03/2026" 
  ,"vistos" : "    VISTO: el Decreto N° 216/023, de 17 de julio de 2023;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que por dicho Decreto se dispuso canalizar la partida presupuestal prevista en el artículo 461 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, a través del programa \"Uruguay Innovation Hub\" que aprueba a tal efecto;\r\n\r\n   II) que dicho Programa tiene por objetivo \"promover el fortalecimiento del ecosistema innovador y emprendedor en materia de ciencia, tecnología e innovación, priorizando las tecnologías digitales avanzadas, la biotecnología y las tecnologías verdes\", para lo cual se le otorga una institucionalidad propia que funciona dentro de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación\";\r\n\r\n   III) que el art. 461 de la Ley N° 20.075 autoriza a la Contaduría General de la Nacional a reasignar dicho crédito presupuestal al Inciso 24 \"Diversos Créditos\", objeto del gasto 551.015 \"Agencia Nacional de Investigación e Innovación\", para la ejecución financiera de los proyectos del Programa, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del citado artículo.\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que el objetivo del Programa y sus instrumentos encuadran dentro los objetivos y cometidos asignados a la ANII por los artículos 3 y 4 de la Ley N° 18.084, de 28 de diciembre de 2006, siendo pertinente consolidar su planificación, administración y ejecución a través de dicha Agencia, para la mejor coordinación y consolidación de los instrumentos de promoción existentes en materia de ciencia, tecnología e innovación;\r\n\r\n   II) que dicha centralización determina la pertinencia de derogar el Programa en los términos dispuesto por el Decreto N° 216/023;\r\n\r\n   III) que conforme al art. 7 del referido Decreto N° 216/023, la Contaduría General de la Nación reasignó los créditos presupuestales del artículo 461 de la Ley N° 20.075 al Inciso 24 \"Diversos Créditos\", Objeto del Gasto 551.015 \"Agencia Nacional de Investigación e Innovación\" para la ejecución financiera de los proyectos.\r\n\r\n   ATENTO: a lo procedentemente expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/49-2026/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Derógase el Decreto N° 216/023 de 17 de julio de 2023.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/49-2026/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Las actividades que persistan del Programa serán promovidas, administradas y aprobadas por la Agencia Nacional de Investigación e Innovación de conformidad con lo dispuesto por la ley N° 18.084 de 28 de diciembre de 2006.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/49-2026/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\"\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : "    YAMANDÚ ORSI - GABRIEL ODDONE - JOSÉ CARLOS MAHÍA - FERNANDA CARDONA\r\n " 
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