El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010.
RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo a instancias de los Organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, a utilizar créditos de los cargos vacantes a efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento, hasta tanto se apruebe la Reestructura Organizativa y de Puestos de Trabajo del Inciso correspondiente.
CONSIDERANDO: I) la solicitud del Ministerio de Defensa Nacional.
II) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación, comparten el informe previo y favorable respecto de las transformaciones de cargos solicitadas.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y por el Decreto 334/011 de 21 de setiembre de 2011.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Autorizar la transformación de los Cargos vacantes correspondientes a la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría de Estado", del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", en los Cargos que se proponen en los Anexos I y II, que se adjuntan y se consideran parte integrante de este Decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 49/015 de
02/02/2015.