{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "489" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "AMPLIACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DEL BROU. EJERCICIO 1982" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1983/01/28/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/12/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/01/1983" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1982 
  ,"pagina" : 1142 
  } 
  ,"vistos" : "  Visto: la gestión del Banco de la República Oriental del Uruguay,\r\nsolicitando se modifique el Plan de Inversiones Públicas 1982, aprobado\r\npor decreto 10/982, de 15 de enero de 1982.\r\n\r\n Resultando: que la modificación solicitada implica la incorporación del\r\nProyecto 004 \"Ampliación y renovación de flota vehicular\" al Programa 2.01\r\n\"Administración General\" del Inciso 51 \"Banco de la República Oriental del\r\nUruguay\" dotándolo presupuestalmente con N$ 3:200.000.00 con financiación\r\na cargo de Recursos Propios.\r\n\r\n Considerando: I) Que se configuran razones que justifican la\r\nincorporación y ampliación solicitadas a efectos de reducir el elevado\r\ncosto de mantenimiento de la flota vehicular de que dispone;\r\nII) Que dicha incorporación se ajusta a lo previsto por el decreto\r\n592/981, de 27 de noviembre de 1981;\r\nIII) Lo establecido por los artículo 11, 13, 15 y 19 del decreto 10/982\r\ncitado.\r\n\r\n Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y\r\nDifusión, por la División Técnico-Financiera del Ministerio de Economía y\r\nFinanzas y a lo dictaminado por el Tribunal de Cuentas,\r\n\r\n    El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/489-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Amplíase el Plan de Inversiones del año 1982 en el Inciso 51 \"Banco de\r\nla República Oriental del Uruguay\" en N$ 3:200.000.00 (nuevos pesos tres\r\nmillones doscientos mil).\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/489-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Incorpórase el Proyecto 004 \"Ampliación y renovación de flota\r\nvehicular\" al Programa 2.01 \"Administración General\" del Inciso 51\r\nprecitado.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/489-1982/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase una asignación de N$ 3:200.000.00 (nuevos pesos tres millones\r\ndoscientos mil) para el Proyecto 004 de referencia, cuya financiación\r\nestará a cargo de Recursos Propios, y destinada a la adquisición de 28\r\nvehículos que reemplazarán a igual número de automotores en uso que se\r\nretirarán de servicio para su venta posterior a medida que entren en\r\nfuncionamiento las unidades nuevas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/489-1982/4" 
 ,"textoArticulo" : "    El Banco de la República Oriental del Uruguay deberá comunicar al\r\nMinisterio de Economía y Finanzas, a la Secretaría de Planeamiento,\r\nCoordinación y Difusión y al Tribunal de Cuentas en forma detallada la\r\nventa de vehículos que efectúe así como sus respectivos precios, y también\r\nel detalle de los vehículos nuevos adquiridos señalando la marca, modelo,\r\naño y precio de compra.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/489-1982/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD - CARLOS A. MAESO - WALTER LUSIARDO AZNAREZ  - JUSTO M. ALONSO - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO D. \r\nTOURREILLES - JUAN A. CHIARINO ROSSI - LUIS A. CRISCI - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS MATTOS MOGLIA - JULIO CESAR ESPINOLA\r\n " 
 }