APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 2008




Promulgación: 15/10/2008
Publicación: 24/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1499
VISTO: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente al ejercicio
2008;

CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;

ATENTO: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébese el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco Central del Uruguay, a regir desde el primero de
enero de 2008, de acuerdo con el siguiente detalle:

                                            $             $
     I-INGRESOS                                      6.537.000.000
     1. Intereses                      5.611.000.000
     2. Utilidades de cambio             180.000.000
     3. Comisiones                        15.000.000
     4. Otros ingresos                   731.000.000
     II-PRESUPUESTO OPERATIVO                        1.477.649.653
     0 SERVICIOS PERSONALES              975.492.386
     01 Retribuciones cargos permanentes 452.922.660
     011 Sueldo básico de cargos         330.295.660
     Sueldo de Directores                  1.531.104
     012 Incremento por mayor horario
     permanente                           58.651.491
     013 Dedicación total                 61.846.913
     015 Por gastos representación en el
     país con aportes                        597.492
     02 Retrib. pers. contratado
     funciones permanentes                67.728.306
     021 Sueldo básico funciones
     contratadas                          50.143.116
     022 Incremento por mayor horario
     permanente                            8.559.430
     023 Dedicación total                  9.025.760
     03 Retribuc. pers. contr. func. no
     permanentes                          13.149.676
     031 Fondo contrataciones Ley Nº
     17.556                               13.149.676
     04 Retribuciones complementarias     22.632.132
     042 Funcionarios de otros organismos
     en comisión                           1.043.406
     043 Compensaciones estructura
     anterior al 1/4/93                      288.000
     044 Prima por antigüedad             11.808.726
     045 Quebrantos de caja                3.240.000
     046 Diferencias por subrogación y
     asign. funciones                      6.000.000
     048 Adelanto a cuenta                   252.000
     05 Retribuciones diversas
     especiales                          117.854.311
     051 Compensaciones por semana móvil           0
     052 Compensación trabajo en hora
     extra                                 4.787.364
     053 Compensación personal por
     reestructura                          3.193.212
     054 Compensación estructura vigente   1.436.496
     055 Partida complementaria Cláusula
     6 Conv. Sal.                         46.453.905
     056 Compensación trabajo horario
     especial                                600.000
     058 Aportes personales a cargo BCU   11.662.833
     059 Sueldo anual complementario      49.720.501
     06 Beneficios al personal            56.757.142
     062 Subsidio ex Directores
     (Ley 15.900)                          2.757.142
     064 Contribuciones por asistencia
     médica                               45.600.000
     065 Otros beneficios al personal      8.400.000
     07 Beneficios familiares              2.132.928
     071 Prima por matrimonio                 45.792
     072 Hogar constituido                 2.018.448
     073 Prima por nacimiento                 68.688
     074 Prestación por hijo                       0
     08 Cargas legales sobre servicios
     personales                          241.223.231
     081 Aporte patronal sistema de
     seguridad soc. s/retrib.            203.166.217
     082 Impuesto sobre retrib.
     personales                                    0
     083 Aporte patronal funcionarios en
     comisión                                320.847
     084 Impuesto patronal FONASA         33.692.641
     085 Aporte patronal personal en
     comisión                                      0
     086 Aporte patronal sist. Seg. Soc.
     contrato a término                    4.043.526
     09 Otras retribuciones                1.092.000
     091 Ley 16.095 Art. 42                1.092.000
     1 BIENES DE CONSUMO                               234.556.751
     2 SERVICIOS NO PERSONALES                         250.256.129
     5 TRANSFERENCIAS                                    2.800.000
     7 GASTOS NO CLASIFICADOS                           14.544.387
     III-OPERACIONES FINANCIERAS                     4.033.952.771
     6 INTERESES Y OTROS GASTOS DE
     DEUDA                             3.674.200.002
     Intereses y gastos de deuda
     interna                           3.581.000.000
     Intereses y gastos de deuda
     externa                              93.200.002
     8 APLICACIONES FINANCIERAS          359.752.769
     Amortización deuda interna          359.752.769
     Amortización deuda externa                    0
     IV-PRESUPUESTO DE INVERSIONES                      97.240.078
     32 Máquinas, mobiliario y equipos
     de oficina                           31.189.828
     34 Equipam. Educacional, cultural
     y recreativo                            241.500
     38 Construcciones, mejoras y repar.
     mayores                               7.245.000
     39 Otros bienes de uso               58.563.750
     V-PRESUPUESTO GLOBAL                             5.608.842.502

La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos, que forman parte de este Decreto.
El Grupo 0 "Servicios Personales" se expresa al nivel salarial vigente a
partir del primero de enero de 2007.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están
estimadas a la cotización de $ 24.15 (veinticuatro pesos uruguayos con
15/100) por dólar estadounidense. Las restantes partidas en moneda
nacional están expresadas a precios promedio del período enero - junio de
2007.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 487/008 de 
15/10/2008.
Fe de erratas publicada/s: 10/12/2008.
Referencias al artículo

TABARE VAZQUEZ - ALVARO GARCIA
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