{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "486" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANP. EJERCICIO 1991" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/10/27/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "13/10/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/10/1992" 
  ,"vistos" : "   Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo,\r\nde Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración de\r\nFerrocarriles del Estado, correspondiente al ejercicio 1991.\r\n\r\n  Resultando: I) Que por Decreto 43/91 de 22 de enero de 1991, se aprobó\r\nel Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones\r\ncorrespondientes al ejercicio 1991, a precios del período enero 1990 mayo\r\n1990.\r\n\r\n II) Que el Directorio de la Administración de Ferrocarriles del Estado\r\notorgó a sus funcionarios aumentos salariales de 15%, 25,2% y 24,32% el 1º\r\nde junio de 1990, 1º de setiembre de 1990 y 1º de enero de 1991\r\nrespectivamente, como asimismo recogió las variaciones en el salario\r\nmínimo nacional para dichas fechas.\r\n\r\n II) Que corresponde de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1º del\r\nDecreto 43/91 de 22/1/91 ajustar las partidas de gastos tanto de\r\nfuncionamiento como de inversión, a efectos de recoger las variaciones en\r\nel nivel general de precios, salarios y tipo de cambio a precios de\r\nenero-abril de 1991 según sus vigencias.\r\n\r\n  Considerando: I) Que el incremento salarial dispuesto por el Directorio\r\nde la Administración de Ferrocarriles del Estado, así como las restantes\r\nmedidas reseñadas, se encuentran comprendidos dentro de los lineamientos\r\nde la política económica propiciada por el Poder Ejecutivo.\r\n\r\n II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal que\r\nautorice el financiamiento de las mismas;\r\n\r\nIII) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe;\r\n\r\nAtento: A lo expuesto precedentemente\r\n\r\n\r\n                     El Presidente de la República\r\n\r\n                           DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/486-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "      Sustitúyanse las partidas presupuestales correspondientes al \r\nPresupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de\r\nla Administración de Ferrocarriles del Estado correspondiente al\r\nejercicio 1991 de acuerdo al siguiente detalle:\r\n\r\n                                            N$                    N$\r\n                                       -------------       --------------                            \r\nI. - INGRESOS                                              43,811.857.000\r\n-------------------------------                            --------------\r\nA. INGRESOS CORRIENTES                                     38,036.857.000\r\n------------------------------- \r\n1   Ing. venta de bienes y servicios.  14,160.567.000      14,207.633.000\r\n  - Por ser. prestados típicos\r\n    de la rama de actividad            \r\n  - Por ser. no típicos de la \r\n    rama de actividad                     47,116.000\r\n2 - Transferencia del Gobierno\r\n    Central.                                               23,516.134.000\r\n    Por operaciones corrientes         18,569.250.000\r\n    Por servicio de deuda              //Texto ilegible en \r\n                                       el original//\r\n\r\n3   Rentas de la propiedad.                                   119,902.000\r\n    Intereses                             13,333.000\r\n\r\n    Alquileres de equipos y edif.        106.569.000\r\n4   Otros ingresos corrientes.                                193,138.000\r\n                                                           --------------\r\nB. INGRESOS DE CAPITAL                                      5,775.000.000        \r\n---------------------------------                          --------------\r\n - Transferencias del Gobierno\r\n   Central.                                                 5,775.000.000\r\n\r\n   Los ingresos corrientes generados por el Organismo y las partidas de transferencias del Gobierno Central para gastos corrientes, por servicio de deuda y para gastos de capital están expresadas a precios promedio Enero-Abril 1991.\r\n\r\nII - PRESUPUESTO OPERATIVO                                 48,775.000.000\r\n---------------------------------                         ---------------  \r\n RUBRO   DENOMINACION                         N$                N$\r\n-------------------------------------------------------------------------\r\n     0 RETRIBUCION SERVS. PERSONALES.                      28,087.716.000\r\n011311 Sueldos básicos pers. prestado.    7,772.289.000\r\n011319 Diferencia por reestructura           55,903.000\r\n019311 Sueldo anual complementario civil    952,905.000\r\n021321 Sueldos básicos                    7,981.173.000\r\n021329 Diferencia por reestructura        2,298.153.000\r\n029321 Sueldo anual complementario civil  1,064.698.000\r\n030    Retrib. bás. p. contratado\r\n       para funciones no permanentes        746,267.000\r\n050    Honorarios                            54,273.000\r\n061311 Por trabajo en horas extras ptdos.   947,069.000\r\n061321 Por trabajo en horas extras contr.   584,377.000\r\n061312-Cambio Res.Hab. Ptados: Desplazam.   947,787.000\r\n061312-Cambio Res.Hab. Ptados: Dila          27,590.000\r\n061322-Cambio Res.Hab. Ptados: Desplazam. 1,152.618.000\r\n061322-Cambio Res.Hab. Ptados: Dila         125,599.000\r\n061313 Prima eficiencia presupuestados      181,737.000\r\n061323 Prima eficiencia contratados          30,786.000\r\n061314 Func. distin. al cargo presup.       309,067.000\r\n061324 Func. distin. al cargo contrat.      119,779.000\r\n061315 Trabajo nocturno presupuestados       72,322.000\r\n061319 Conmpensaciones congeladas presup.     3,010.000\r\n061329 Compensaciones congeladas contrat.     2,588.000\r\n062301 Gastos de representación               9,829.000\r\n062318 Prima por antigüedad presupuest.   1,581.197.000\r\n062328 Prima por antigüedad contratados     973,050.000\r\n077011 Quebranto de Caja presupuestados       7,040.000\r\n081011 Adelanto a cta. ptdos. N$ 600          1,490.000\r\n081021 Adelanto a cta. ctdos. N$ 600          3,170.000\r\n                                           ------------\r\n  2 MATERIALES Y SUMINISTROS                              10,066.675.000\r\n  3 SERVICIOS NO PERSONALES                                5,204.104.000\r\n  4 MAQUINAS EQUIPOS Y MOB. NUEVOS                         1,311.616.000\r\n  7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS                       2,772.490.000\r\n\r\n\r\n RUBRO   DENOMINACION                         N$                N$\r\n-------------------------------------------------------------------------\r\n751    Prima por matrimonio                   8,149.000    \r\n752    Hogar constituído                  1,717.227.000\r\n753    Prima por Nacimiento                  46,714.000\r\n754    Prestación por hijos                 609,289.000\r\n772    Prestac. por accidentes de trabajo   346,516.000\r\n778    Transferencias al exterior            22,409.000\r\n790    Tributos municipales y nacionales  -------------   \r\n\r\nIII - OPERACIONES FINANCIERAS                              4,946.884.000\r\n-------------------------------------------------------------------------\r\nRUBRO    DENOMINACION                         N$                N$\r\n   8   SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS                       4,946.684.000\r\n  31   Amortización Deuda Interna         1,035.731.000\r\n  32   Amortización Deuda Externa         2,578.140.000\r\n  33   Intereses Deuda Interna               81,378.000\r\n  34   Intereses Deuda Externa            1,251.635.000\r\n                                         ---------------\r\n\r\nIV  - PRESUPUESTO DE INVERSIONES                           14,812.868.000\r\n------------------------------------                      ---------------  \r\nRUBRO    DENOMINACION                        N$                  N$\r\n   0   RETRIBUCION SERV. PERSONALES       1,604.538.000\r\n   2   MATERIALES Y SUMINISTROS           6,584.050.000\r\n   3   SERVICIOS NO PERSONALES              192.442.000\r\n   4   MAQUINAS, EQUIPOS Y MOB. NUEVOS    5,010.769.000\r\n   6   CONST. MEJORAS Y REP. EXTRAORD.    1,424.069.000\r\n                                         ---------------\r\n\r\n    La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se\r\ndetallan en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este\r\ndecreto.\r\n\r\n     Los Rubros 0 << Retribuciones de Servicios Personales >>, 1\r\n<< Cargas Legales sobre Servicios Personales >> y 7 << Subsidios y Otras\r\nTransferencias >> en lo //información ilegible en el original// a beneficios sociales, incluyen el aumento salarial vigente a partir del 1º de enero de 1991.\r\n\r\n     Las asignaciones correspondientes al componente en moneda\r\nextranjera están estimadas a la cotización de N$ 1.750= (nuevos pesos\r\nun mil setecientos cincuenta) por dólar americano. Las partidas en\r\nmoneda nacional correspondiente a los restantes rubros presupuestales\r\nestán expresadas a precios //información ilegible en el original//\r\nperíodo enero-abril 1991. \r\n\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/486-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Dése cuenta a la Asamblea General. \r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/486-1992/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Pase a conocimiento del Tribunal de Cuentas. \r\n\r\n\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/486-1992/4" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc. \r\n " 
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  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - WILSON ELSO GOÑI - IGNACIO DE POSADAS MONTERO\r\n " 
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