EMISION DE BONOS DEL TESORO EN DOLARES ESTADOUNIDENSES




Promulgación: 10/09/1991
Publicación: 30/10/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 304

Artículo 5

   La amortización de estos Bonos se realizará en cuotas anuales,
según la forma que reglamentará el Banco Central del Uruguay, rescatando a
la par y hasta completar un monto equivalente a un octavo del total
emitido, los títulos que le sean presentados en el período comprendido
entre el 15 y el 31 de octubre de cada año.

  Vencido cada período anual se cerrará la amortización correspondiente y
el remanente, si lo hubiera, se acumulará al rescate final.

  El primer período de amortización comenzará a partir del 15 de octubre
de 1992.

  El valor de los Bonos rescatados será pagado en dólares de los Estados
Unidos de América.
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