VISTO: El Decreto Nº 511/996, de 31 de diciembre de 1996, que aprobó
la Nomenclatura Común del Mercosur, con su correspondiente Arancel Externo
Común y tasas globales arancelarias aplicables al comercio intrazona y
extrazona.-
RESULTANDO: que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad
delegada por el Consejo Mercado Común para modificar el Arancel Externo
Común, dictó las Resoluciones Nº 44/97, Nº 45/97, Nº 63/97 y Nº 82/97.-
CONSIDERANDO: Que corresponde, en consecuencia recoger las
modificaciones resultantes de las referidas Resoluciones Nº 44/97, Nº
45/97, Nº 63/97 y Nº 82/97 del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los
compromisos asumidos por el país en la materia.-
ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2º de la Ley
Nº 12670 de 17 diciembre de 1959 y 4º del Decreto-Ley Nº 14629 de 5 de
enero de 1977.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Modifícase la Nomenclatura Común del Mercosur y su correspondiente
Arancel Externo Común aprobados por el artículo 1º del Decreto 511/996 de
31 de diciembre de 1996, de conformidad con los Anexos I, II, III, IV que
forman parte del presente Decreto.-