{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "484" 
  ,"anioNorma" : 1993 
  ,"nombreNorma" : "HERMANAS RELIGIOSAS QUE PRESTAN SERVICIOS ESTABLECIMIENTOS ASISTENCIALES.  RETRIBUCIONES\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1993/11/25/16" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/11/1993" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/11/1993" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1993 
  ,"pagina" : 454 
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  ,"vistos" : "  Visto: el Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 8 de setiembre de 1993.\r\n\r\n Resultando: I) que por el apartado 1º del mismo, se deroga el decreto\r\nNº 126/988 de 5 de abril de 1988;\r\n\r\nII) que asimismo se fijó la retribución mensual de las Hermanas Religiosas\r\nque prestan servicios en diversos establecimientos asistenciales del\r\nMinisterio de Salud Pública de acuerdo con el Convenio Suscrito con la\r\nFederación de Religiosas del Uruguay el 3 de mayo de 1971;\r\n\r\n Considerando: I) que se padeció error al establecer el número del Decreto\r\na Derogar;\r\n\r\nII) que se estima pertinente modificar el apartado 1º del precitado\r\nDecreto, en el sentido que donde dice: \"...Decreto Nº 126/988, de 5 de\r\nabril de 1988\", debe decir: \"Decreto Nº 308/988, de 5/4/988\";\r\n\r\n Atento: a lo precedentemente expuesto;\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                               DECRETA:\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : " (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 399/993 de 08/09/1993 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/399-1993/1\" >1</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - GUILLERMO GARCIA COSTA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO\r\n " 
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