REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS. REGIMEN DE INCENTIVOS. PLUNA




Promulgación: 22/12/1995
Publicación: 18/01/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 758
  Visto: el Decreto 722/991 de 30 de diciembre de 1991;

  Resultando: que el artículo 31 del precitado Decreto al regular los
derechos de los funcionarios del Ente Autónomo PLUNA estableció un plazo
de noventa (90) días calendario para que los mismos optaran por acogerse a
los beneficios establecidos en los artículos 32 a 36 de la Ley Nº 16.127
de 7 de agosto de 1990 o por la redistribución;

  Considerando: I) que el plazo de noventa (90) días previsto en la norma
referida vence el 23 de diciembre de 1995;

II) que de acuerdo a lo informado por PLUNA el plazo referido ha resultado
exiguo;

III) que se considera asimismo conveniente que los funcionarios del Ente
Autónomo PLUNA a quienes la nueva empresa les efectuó un ofrecimiento de
ingreso sin que lo hayan aceptado ni hayan optado por ser redistribuidos,
gocen del mismo plazo que el resto de los funcionarios, para optar entre
acogerse a los beneficios establecidos en los artículos 32 a 36 de la Ley
Nº 16.127 de 7 de agosto de 1990 o por su    redistribución;

  Atento: a lo expuesto y a lo preceptuado en el artículo 168 numeral 4º
de la Constitución de la República;

   El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Prorrógase por noventa (90) días a partir del 24 de diciembre de 1995
el plazo previsto en el artículo 31 del Decreto Nº 722/991 de 30 de
diciembre de 1991 para que los funcionarios del Ente Autónomo PLUNA
ejerciten el derecho de opción para acogerse a los beneficios establecidos
en los artículos 32 a 36 de la Ley Nº 16.127 de 7 de agosto de 1990 o por
la redistribución en otras dependencias públicas.
   Dispondrán del mismo plazo de noventa (90) días a contar desde el 24 de
diciembre de 1995 para efectuar la opción referida en el inciso anterior,
los funcionarios del Ente Autónomo PLUNA a quienes la nueva empresa les
efectuó el ofrecimiento de ingreso a la misma y no lo han aceptado ni han
optado por ser redistribuidos en el plazo de 90 (noventa) días del cual
disponían de acuerdo a lo previsto en el artículo 31 del Decreto 722/991
de 30 de diciembre de 1991.
Referencias al artículo

SANGUINETTI - DIDIER OPERTTI - ALVARO RAMOS - LUIS MOSCA - RAUL ITURRIA -
ANTONIO GUERRA - LUCIO CACERES - FEDERICO SLINGER - ANA LIA PIÑEYRUA -
ALFREDO SOLARI - CARLOS GASPARRI - BENITO STERN - JUAN CHIRUCHI
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