APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL




Promulgación: 10/02/1981
Publicación: 19/02/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 161
  Visto: el Protocolo Adicional (Cuadragésimosegundo) suscrito el 20 de
diciembre de 1980 entre los Plenipotenciarios de los gobiernos de la
República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la
República de Chile, de los Estados Unidos Mexicanos, de la República
Oriental del Uruguay y de la República de Venezuela, por el cual convienen
en la ampliación del sector industrial del Acuerdo de Complementación Nº
16, sobre productos de las industrias químicas derivadas del petróleo.

  Considerando: que de conformidad con el plazo acordado en el referido
Protocolo para la entrada en vigor de las concesiones pactadas corresponde
dar vigencia al mismo,

                   El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

   Declárase vigente al Cuadragésimosegundo Protocolo Adicional del
Acuerdo de Complementación Nº 16, sobre productos de las industrias
químicas derivadas del petróleo, ampliatorio del sector industrial,
suscrito el 20 de diciembre de 1980, entre los Plenipotenciarios de los
gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del
Brasil, de la República de Chile, de los Estados Unidos Mexicanos, de la
República Oriental del Uruguay y de la República de Venezuela.  (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   El texto del Protocolo Adicional que se menciona en el numeral anterior
integra el presente decreto.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

MENDEZ - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN ARISMENDI - FRANCISCO D.
TOURREILLES
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