GASTOS DE RESIDENCIA DE LOS FUNCIONARIOS DIPLOMATICOS




Promulgación: 17/10/1989
Publicación: 12/02/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Declárase que en los casos de ausencia temporal o definitiva del Jefe de Misión Permanente, el Encargado de Negocios Interino que actúe provisionalmente como Jefe de Misión, asume responsabilidad de la gestión administrativa de la Misión en los términos previstos en los artículos 2° y siguientes del decreto 230/974 del 26 de marzo de 1974.
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