{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "479" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR. AGREGADOS COMERCIALES DE LA DIRECCION\r\nGENERAL DE COMERCIO EXTERIOR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/06/26/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "17/06/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/06/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 1394 
  } 
  ,"vistos" : "                             AÑO DE LA ORIENTALIDAD\r\n\r\n\r\nVisto: el régimen creado por el artículo 208º de la ley 14.252 de 22 de\r\nagosto de 1974.\r\n\r\nConsiderando: I) Que es necesario asegurar el pago en moneda extranjera de\r\nlas erogaciones que demande el cumplimiento de la disposición legal\r\nreferida;\r\n\r\nII) Que es conveniente que dichos pagos en moneda extranjera se realicen a\r\ntravés del Ministerio de Relaciones Exteriores.\r\n\r\nAtento: a lo dispuesto en los decretos del Poder Ejecutivo 336/971 de 8 de\r\njunio de 1971, 268/973 de 10 de abril de 1973 y 123/975 de 7 de febrero de\r\n1975,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/479-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Inclúyanse los gastos que por todo concepto demande el cumplimiento de lo\r\ndispuesto en el artículo 208º de la ley 14.252 de 22 de agosto de 1974 en\r\nel régimen establecido por el decreto 336/971 de 8 de junio de 1971\r\nmodificado por el decreto 268/973 de 10 de abril de 1973.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : " (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo agregó a:</font></b> Decreto Nº 123/975 de 07/02/1975 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/123-1975/13\" >13</a> \r\nliteral d).\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/479-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : " A los efectos del convenio vigente previsto en el artículo 9º del decreto\r\n123/975 de 7 de febrero de 1975 se incorpora dentro de las obligaciones\r\ndel Banco Central la provisión de divisas con el destino citado en el\r\nartículo anterior.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/479-1975/4" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - JUAN CARLOS BLANCO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS\r\n " 
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