{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "477" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE TARIFAS DE LA DIRECCION NACIONAL DE TOPOGRAFIA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/09/22/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/09/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/09/1980" 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#FF0000\">Derogada/o por:</font></b> Decreto Nº 234/982 <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/fd.gif\" style=\"border:0;float:none;margin:0;\" ALT=\"Derogada/o\" TITLE=\"Derogada/o\"> de 23/06/1982 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/234-1982/3\" >3</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : "   Visto: estos antecedentes relacionados con la gestión de la Dirección de\r\nTopografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a efectos de que\r\nse modifique la actual escala de precios para la venta de copias de planos\r\nde mensura de su Sección Archivo Gráfico, teniendo en cuenta para ello el\r\narancel vigente de la Asociación de Agrimensores del Uruguay y el aumento\r\nexperimentado en el costo del material empleado.\r\n  Resultando: I) Que, de acuerdo a lo establecido por decreto 480/979, de\r\nfecha 29 de agosto de 1979, la expedición de las referidas copias de\r\nduplicados de planos, sólo se efectúa mediante el pago de derecho de\r\nextradición, que varia según la importancia del mismo;\r\nII) Que la mencionada Dirección expresa:\r\na) Que dado el tiempo transcurrido desde la vigencia de la tarifa actual,\r\nconsidera que es necesario rever dichos precios, actualizándolos de\r\nacuerdo con los datos establecidos por la Dirección General de\r\nEstadísticas y Censos y demás datos recopilados y;\r\nb) Que propone se le autorice a expedir copias dentro de una tarifa\r\nregulada por un mínimo N$ 95,00 y un máximo de N$ 570,00 además del costo\r\ndel papel correspondiente, estableciéndose que cuando dichas copias se\r\nexpidieran en papel calco o telas ozalid los derechos se triplicarán hasta\r\nun máximo de N$ 1.710,00\r\n  Considerando: justificada la proposición formulada por la Dirección de\r\nTopografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, de adecuar las\r\ntarifas de que se trata a las circunstancias actuales,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 477/980 de 10/09/1980 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/477-1980/2\" >2</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 477/980 de 10/09/1980 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/477-1980/3\" >3</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
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 ,"textoArticulo" : "  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 477/980 de 10/09/1980 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/477-1980/4\" >4</a>.\r\n" 
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  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - EDUARDO J. SAMPSON\r\n " 
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