COMERCIO EXTERIOR - PRODUCTOS ENVASADOS - IMPORTACIONES - EXPORTACIONES




Promulgación: 26/10/1994
Publicación: 10/11/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1994
  •    Página: 1356
Derogada/o por: Decreto Nº 387/008 Derogada/o de 11/08/2008 artículo 2.
  Visto: Las resoluciones Nros. 18/92, 58/92 y 35/93 del Grupo del Mercado
Común del Sur (MERCOSUR), relativas a los contenidos netos de diversos
productos envasados que se detallan.

  Resultando: Por las mismas, se acuerdan normas de contenidos netos y
contenidos libres, de los productos que se indican.

  Considerando: I) Que las mismas no son de aplicación obligatoria, a los
productos envasados destinados a la exportación a terceros países no
integrantes del MERCOSUR, ni para el mercado interno.

II) Que nada obsta a nuestro país, en el marco de la normativa legal
vigente, al cumplimiento de lo dispuesto en el art. 1º de las resoluciones
del Grupo Mercado Común, precitadas.

  Atento: A lo informado por la Dirección Nacional de Metrología Legal, lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía
y Minería, a lo dispuesto por el art. 168, numeral 4º de la Constitución
de la República, el Decreto-Ley Nº 15.298 de 7 de julio de 1982 y Ley Nº
16.196 de 22 de julio de 1991.

                    El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

  (*)

(*)Notas:
Redacción dada anteriormente por:
      Decreto Nº 477/006 de 27/11/2006 artículo 2,
      Decreto Nº 19/996 Derogada/o de 24/01/1996 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 477/006 de 27/11/2006 artículo 2, Decreto Nº 19/996 de 24/01/1996 artículo 1, Decreto Nº 476/994 de 26/10/1994 artículo 1.
Referencias al artículo

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:
Redacción dada anteriormente por: Decreto Nº 19/996 Derogada/o de 24/01/1996 
artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 19/996 de 24/01/1996 artículo 2, Decreto Nº 476/994 de 26/10/1994 artículo 2.
Referencias al artículo

Artículo 3

  (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 476/994 de 26/10/1994 artículo 3.
Referencias al artículo

Artículo 4

  (*) 

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 476/994 de 26/10/1994 artículo 4.

LACALLE HERRERA - MIGUEL ANGEL GALAN - SERGIO ABREU
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