MODIFICACION PRESUPUESTAL DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE ROCHA. EJERCICIO 1983




Promulgación: 09/12/1983
Publicación: 22/12/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 1177
   Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Rocha por la cual
propone una Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1983.

   Resultando: que tanto la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión como el Tribunal de Cuentas no formulan objeciones a la solicitud
propuesta.

   Considerando: I) Que se procedió de acuerdo al Acto Institucional Nº 3,
artículo 50;

   II) Que de no obtenerse los recursos previstos deberán abatirse gastos
a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

   Atento: a lo expuesto precedentemente y lo informado por la Asesoría
Económico Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas,

                        El Presidente de la República

                                    DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1983 propuesta
por la Intendencia Municipal de Rocha, cuyos montos quedaron fijados en N$
90:850.501,70 (nuevos pesos noventa millones ochocientos cincuenta mil
quinientos uno con 70/100). Los mismos presentan la siguiente composición:

I GASTOS (en miles de N$)
 Funcionamiento                  Vigente                Proyectado
 Retribuciones Personales        30.273                   30.903
 Beneficios y Cargas Sociales     6.863                    7.485
 Gastos                          15.995                   17.299
 Total Funcionamiento            53.131                   55.687
 Inversiones                     12.864                   34.032

 JUNTA DE VECINOS
 Retribuciones Personales           710                      763
 Cargas y BeneFicios Sociales       147                      175
 Gastos                             170                      194
 Total Junta de Vecinos           1.027                    1.132
 TOTAL                           67.022                   90.851

II RECURSOS                      Vigente                Proyectado
1) Impuestos                     30.600                   35.850
2) Tasas                         18.055                   22.140
3) Precios                          950                      650
4) Actividad Com. e industrial    9.795                   11.980
5) Construcción por Mejoras         850                      625
6) Multas                         4.000                    5.000
7) Varios                         2.772                    2.969
8) Rentas Generales                -                      11.635
                                --------                 --------
                                 67.022                   90.851

Artículo 2

   Que en lo referente a la Tasa Administrativa se debe sustituír la tasa
que se aplica a nivel departamental por otro tributo o sistema que resulte
compatible con la política tributaria nacional.

Artículo 3

   Que en lo referente a Tasa de Servicio de Faena, la Intendencia debe
adaptar su reglamentación a los términos de la ley 14.810, de 11 de agosto
de 1978 y sus decretos reglamentarios 458/918, de 11 de agosto de 1978 y
657/978, de 27 de noviembre de 1978.

Artículo 4

   Que en lo relativo a multas la Intendencia deberá tomar en cuenta el
procedimiento establecido en la ley 14.979, de 24 de diciembre de 1979.

Artículo 5

   Comuníquese, publíquese, etc.

ALVAREZ - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - HUGO LINARES BRUM
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