Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Rocha por la cual
propone una Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1983.
Resultando: que tanto la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión como el Tribunal de Cuentas no formulan objeciones a la solicitud
propuesta.
Considerando: I) Que se procedió de acuerdo al Acto Institucional Nº 3,
artículo 50;
II) Que de no obtenerse los recursos previstos deberán abatirse gastos
a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.
Atento: a lo expuesto precedentemente y lo informado por la Asesoría
Económico Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1983 propuesta
por la Intendencia Municipal de Rocha, cuyos montos quedaron fijados en N$
90:850.501,70 (nuevos pesos noventa millones ochocientos cincuenta mil
quinientos uno con 70/100). Los mismos presentan la siguiente composición:
I GASTOS (en miles de N$)
Funcionamiento Vigente Proyectado
Retribuciones Personales 30.273 30.903
Beneficios y Cargas Sociales 6.863 7.485
Gastos 15.995 17.299
Total Funcionamiento 53.131 55.687
Inversiones 12.864 34.032
JUNTA DE VECINOS
Retribuciones Personales 710 763
Cargas y BeneFicios Sociales 147 175
Gastos 170 194
Total Junta de Vecinos 1.027 1.132
TOTAL 67.022 90.851
II RECURSOS Vigente Proyectado
1) Impuestos 30.600 35.850
2) Tasas 18.055 22.140
3) Precios 950 650
4) Actividad Com. e industrial 9.795 11.980
5) Construcción por Mejoras 850 625
6) Multas 4.000 5.000
7) Varios 2.772 2.969
8) Rentas Generales - 11.635
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67.022 90.851
Que en lo referente a la Tasa Administrativa se debe sustituír la tasa
que se aplica a nivel departamental por otro tributo o sistema que resulte
compatible con la política tributaria nacional.
Que en lo referente a Tasa de Servicio de Faena, la Intendencia debe
adaptar su reglamentación a los términos de la ley 14.810, de 11 de agosto
de 1978 y sus decretos reglamentarios 458/918, de 11 de agosto de 1978 y
657/978, de 27 de noviembre de 1978.