{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "475" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "NOMINA DE FUNCIONARIOS QUE NO OPTARON POR ABANDONAR DEFINITIVAMENTE LA FUNCION PUBLICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/10/16/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/10/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/10/2008" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2008 
  ,"pagina" : 1402 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b> Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18172-2007/7\" >7</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : " \r\nVISTO: Lo dispuesto por el artículo 7º de la ley No. 18.172 de 31 de\r\nagosto de 2007.\r\n\r\nRESULTANDO: Que el mismo autoriza al Poder Ejecutivo a disponer el\r\nreingreso de hasta diez funcionarios públicos en total, que se encuentren\r\nen la situación prevista en el inciso 3º del artículo 723 de la Ley No.\r\n16.736 de 5 de enero de 1996.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que la finalidad perseguida por la norma citada, es\r\npermitir el reingreso a la actividad de aquel personal excedentario\r\neximido del deber de asistencia;\r\n\r\nII) Que es necesario proceder al dictado de la reglamentación pertinente,\r\na efectos de la puesta en marcha del régimen legalmente establecido,\r\ndeterminando las pautas para la selección de los funcionarios a\r\nreincorporar.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el numeral 4º\r\ndel artículo 168 de la Constitución de la República,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n                     Actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/475-2008/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Los Jerarcas de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, remitirán\r\nen un plazo de treinta días a la Oficina Nacional del Servicio Civil, la\r\nnómina de funcionarios que se encuentren comprendidos en la situación\r\nprevista en el Inciso 3º del artículo 723 de la Ley No. 16.736 de 5 de\r\nenero de 1996, que desean reingresar al respectivo organismo.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/475-2008/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/475-2008/2" 
 ,"textoArticulo" : "  A efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, la Oficina Nacional\r\ndel Servicio Civil diseñará y publicará en su página web, un formulario en\r\nel que los organismos incluirán los siguientes datos:\r\na)     Unidad ejecutora a la que pertenecía el funcionario al momento de\r\n       ser declarado excedente;\r\nb)     Cargo o función contratada que desempeñaba al momento de la\r\n       declaración de excedencia.\r\n\r\nSerá causal de exclusión de dicha nómina, que las funciones que\r\ndesempeñaba el funcionario hayan sido suprimidas por reestructura,\r\nsupresión de servicios u otra causal. Dicha exclusión deberá ser\r\nnotificada al funcionario por la Oficina de Personal, Unidad de Recursos\r\nHumanos o quien haga sus veces.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/475-2008/3" 
 ,"textoArticulo" : "  La Oficina Nacional del Servicio Civil asignará los cupos por Inciso, en\r\nforma proporcional al número de necesidades comunicadas, haciéndolo saber\r\na los Jerarcas respectivos.\r\nEl Jerarca del Inciso comunicará a la Oficina Nacional del Servicio Civil\r\nla utilización total o parcial de los cupos asignados, debiendo la misma,\r\nen esta segunda hipótesis, reasignar los no utilizados. Para ello la\r\nOficina Nacional del Servicio Civil procederá de acuerdo a los criterios\r\nindicados en este decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/475-2008/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional realizarán la selección de\r\nlos postulantes en base a los siguientes criterios:\r\nA) Antigüedad en la Unidad Ejecutora, asignando 2 puntos por año hasta un\r\nmáximo de 40 puntos.\r\nB) Antigüedad en el cargo o función, asignando 3 puntos por año hasta un\r\nmáximo de 50 puntos.\r\nC) Antigüedad en la Administración Pública, 1 punto por año hasta un\r\nmáximo de 10 puntos.\r\nEn caso de empate, se recurrirá a la fecha de presentación de la opción.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/475-2008/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Cométese a la Oficina Nacional del Servicio Civil la creación del\r\nRegistro de funcionarios comprendidos en el inciso 3º del artículo 723 de\r\nla Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996, su administración y actualización,\r\na efectos de dar cumplimiento a la norma legal que se reglamenta en este\r\ndecreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/475-2008/6" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI\r\n " 
 }