GRUPOS DE ACTIVIDAD. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPO 41 ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y CULTURALES. SUBGRUPOS ENSEÑANZA INDUSTRIAL. JARDINES DE INFANTE Y GUARDERIA. UNIVERSIDAD CATOLICA. ESCUELAS ESPECIALIZADAS. ENSEÑANZA COMERCIAL Y DE IDIOMAS Y ASOCIACIONES CULTURALES PARA LA ENSEÑANZA DE IDIOMAS




Promulgación: 16/06/1988
Publicación: 01/08/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la necesidad de fijar salarios para la actividad privada a partir del 1º de febrero de 1988.

   Resultando: que el Gobierno ha fijado los criterios de establecer ajustes salariales cuatrimestrales.

   Considerando: la importancia de compatibilizar los ajustes salariales con la evolución de los precios y los objetivos fijados para otras variables determinados por la política económica. 

   Atento: a lo dispuesto en el decreto ley 14.791 de 8 de junio de 1978 y el decreto reglamentario 371 del 30 de junio de 1978,

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Establécese que se extienden a partir del 1º de febrero de 1988 y hasta el 31 de mayo de 1988 los incrementos salariales dispuestos en el decreto 380/988 de fecha 20 de mayo de 1988, para los trabajadores comprendidos en el Grupo 41 "Actividades Educativas y Culturales, Subgrupos "Enseñanza Industrial, Jardines de Infante y Guardería, Universidad Católica, Escuelas Especializadas, Enseñanza Comercial y de Idiomas y Asociaciones Culturales para la Enseñanza de Idiomas".

Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.-

SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - LUIS MOSCA
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