DISTRIBUCION DE ECONOMIAS GENERADAS POR APLICACION DE LA LEY 17.904 (ARTS. 2 Y 3) ENTRE FUNCIONARIOS PRESUPUESTADOS Y CONTRATADOS DE UNIDADES EJECUTORAS DE LOS INCISOS 02 A 15.




Promulgación: 14/11/2005
Publicación: 18/11/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1181
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.904 de 07/10/2005 artículos 2, 3, 4 y 5.

Artículo 2

 Los funcionarios de los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, que a
la fecha de vigencia de la Ley N° 17.904 de 7 de octubre de 2005, venían
percibiendo las retribuciones por tareas de mayor responsabilidad y
especialización, continuarán percibiéndolas siempre que las mismas tengan
el carácter de regular y permanente y respondan a la naturaleza de la
prestación. A los efectos de esta reglamentación, entiéndese por
naturaleza de la prestación la que se corresponda con el cumplimiento de
funciones de mayor responsabilidad y especialización, en orden a
fortalecer los cometidos sustanciales de cada unidad ejecutora, conforme
lo dispuesto por el artículo 8° del Decreto 468/997 de fecha 12 de
diciembre de 1997.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
Referencias al artículo
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