TRIBUTOS. TASA GLOBAL ARANCELARIA. IMPORTACIONES DE ARGENTINA




Promulgación: 27/11/2006
Publicación: 06/12/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1406
Referencias a toda la norma

Artículo 12

 Una vez presentada una solicitud de excepción y la declaración jurada 
respectiva, en forma adecuada y completa, el Ministerio de Industria, 
Energía y Minería dispondrá la excepción para el importador, producto y 
exportador correspondientes, dentro del plazo de 15 días corridos, 
mediante Resolución que se publicará en el Diario Oficial.
Referencias al artículo
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