{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "473" 
  ,"anioNorma" : 1990 
  ,"nombreNorma" : "FUNCIONARIOS MILITARES - EJERCITO NACIONAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1990/11/20/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/10/1990" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/11/1990" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1990 
  ,"pagina" : 465 
  } 
  ,"vistos" : "     Visto: la gestión promovida por el Servicio de Tutela Social de las\r\nFuerzas Armadas por la que se propone ampliar la Reglamentación del Fondo\r\nEspecial de Tutela Social aprobada por decreto 326/984 de fecha 14 de\r\nagosto de 1984, reglamentario del decreto ley 15.569 de fecha 1º de junio\r\nde 1984, en lo referente a becas de estudio.\r\n\r\n    Considerando: I) Que la finalidad del Fondo es determinar las áreas de\r\nayuda que propenden el mejoramiento del bienestar social de sus\r\nbeneficiarios;\r\n\r\n    II) Que no se ha previsto en la misma la posibilidad de otorgar becas\r\nde estudio a los hijos del personal militar, lo que trae aparejado un\r\nvacío reglamentario en la materia;\r\n\r\n    III) Que dicha actividad debe ser protegida e impulsada, brindando el\r\napoyo económico necesario a aquellos que pretendan proseguir sus estudios\r\ny que por su precaria condición ven limitadas sus posibilidades.\r\n\r\n    Atento: a los fundamentos expuestos,\r\n\r\n                   El Presidente de la República\r\n\r\n                            DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/473-1990/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Amplíanse las áreas referidas en el artículo 6° de la Reglamentación \r\ndel Fondo de Tutela Social, aprobada por el decreto 326/984 de fecha 14 \r\nde agosto de 1984, incluyendo la siguiente: (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/473-1990/1\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/473-1990/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Agrégase a la Reglamentación aludida el artículo siguiente: (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/473-1990/1\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/473-1990/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - MARIANO R. BRITO\r\n " 
 }