Amplíase el Decreto Nº 128/970, por el que se instituyó un régimen
regulador de la Industria Automotriz, estableciéndose por el presente las
normas para regular el ensamblado en el país y fabricación de componentes
para vehículos de la categoría F que comprende motocicletas, motonetas, triciclos motorizados y vehículos similares.
Derogada/o por: Decreto Nº 126/012 de 20/04/2012 artículo 12.
Artículo 8
Apartado final derogado/s por: Decreto Nº 452/978 de 09/08/1978 artículo
1.
Artículo 10
Incisos 2º) y 3º) modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Decreto
Nº 126/012 de 20/04/2012 artículos 7 y 12.