{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "472" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "REGIMEN DE FUNCIONAMIENTO DE LOS FRIGORIFICOS. INDUSTRIAL PANDO S.A.,\r\nOTTONELLO HNOS. S.A., CARLOS SCHNECK S.A., LAS MORAS MAUCER S.A." 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/09/25/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/09/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "25/09/1981" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 1156 
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  ,"vistos" : "   Visto: el decreto 201/981, de 6 de mayo de 1981.\r\n\r\n  Resultando: I) Por el artículo 2º del mencionado decreto se autorizó el\r\nfuncionamiento, con carácter precario y revocable, por un nuevo plazo de\r\nciento veinte (120) días, a partir de la entrada en vigencia de dicho\r\ndecreto, de los siguientes establecimientos de faena: Industrial Pando\r\nS.A.; Ottonello Hnos. S.A.; Carlos Schneck S.A. y las Moras (Maucer S.A.);\r\n\r\nII) El plazo estipulado por el decreto 201/981, de 6 de mayo de 1981,\r\nvenció el 9 de setiembre de 1981;\r\n\r\nIII) Del relevamiento efectuado con fecha 3 de setiembre de 1981, por la\r\nDirección General de Industria Animal de la Dirección General de Servicios\r\nVeterinarios, a los establecimientos de faena referidos anteriormente, se\r\ndesprende que las obras de adecuación están suficientemente adelantadas y,\r\nen algunos casos próximas a su culminación.\r\n\r\n  Considerando: conveniente, por tanto, conceder a las mencionadas firmas,\r\nun nuevo y último plazo de 120 días, para culminar las obras de adecuación\r\nde sus establecimientos de faena a las condiciones higiénico-sanitarias\r\nvigentes.\r\n\r\n  Atento: a lo dispuesto por las leyes 3.606, de 13 de abril de 1910 y\r\n14.810, de 11 de agosto de 1978, y a los decretos 456/978, 459/978,\r\n671/978, 22/980, 718/980 y 201/981, de fechas 11 de agosto de 1978, 11 de\r\nagosto de 1978, 27 de noviembre de 1978, 14 de enero de 1980, 31 de\r\ndiciembre de 1980 y 6 de mayo de 1981, respectivamente,\r\n\r\n                      El Presidente de la República\r\n\r\n                           DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/472-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase el funcionamiento con carácter precario y revocable, por un\r\nnuevo plazo de ciento veinte (120) días, a partir del 9 de setiembre de\r\n1981, de los siguientes establecimientos de faena: Industrial Pando S.A.;\r\nOttonello Hnos. S.A.; Carlos Schneck S.A. y las Moras (Maucer S.A.).\r\n   Dichas empresas deberán culminar la totalidad de las obras exigidas\r\ndentro de dicho plazo.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/472-1981/1?verreferencias=articulo" 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/472-1981/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - CARLOS MATTOS MOGLIA\r\n " 
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