{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "471" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "DESIGNACION DE FUNCIONARIOS TECNICOS EN EL PODER JUDICIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1983/01/07/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "17/12/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/01/1983" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1982 
  ,"pagina" : 1109 
  } 
  ,"vistos" : "  Visto: la necesidad de reglamentar aspectos del Acto Institucional Nº 12,\r\nen relación a la designación de determinados funcionarios técnicos.\r\n\r\n Considerando: I) Que el postulado filosófico básico del referido Acto es\r\nla independencia técnica y económica de los Jueces, lo que se logra \"por\r\naplicación de los mecanismos que al respecto aconseja la más autorizada y\r\ndifundida práctica constitucional en la materia, esto es, asegurando que\r\nla designación, el traslado, la promoción y la sanción de los Jueces y sus\r\nSecretarios y Actuarios, se efectúan con el máximo de garantías, en un\r\nrégimen de balanceada coparticipación de Poderes, bajo la constante\r\nvigilancia de la opinión pública\";\r\n\r\nII) Que el Acto Institucional Nº 12 no especificó la mayoría por la cual\r\nel Consejo Superior de la Judicatura designará a los Secretarios,\r\nActuarios y Adjuntos.\r\n\r\n Atento: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el artículo\r\n32 del Acto Institucional Nº 12,\r\n\r\n                  El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/471-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Para la designación de los Secretarios de la Suprema Corte de Justicia\r\ny del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, de los Secretarios de los\r\nTribunales de Apelaciones, de los Actuarios y Actuarios Adjuntos y de los\r\nSecretarios de los Jueces, será necesaria la mayoría de votos que se\r\nestablece en el Nº 3 del artículo 10 de la Sección XV de la\r\nConstitución de la República, en la redacción dada por el artículo 1º del\r\nActo Institucional Nº 12.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/471-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - JULIO CESAR ESPINOLA - YAMANDU TRINIDAD - JUSTO M. ALONSO " 
 }