{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "470" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "EXPEDICION DE CARNE OBSTRETICO PERINATAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1983/01/10/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "17/12/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/01/1983" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "2" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1982 
  ,"pagina" : 1108 
  } 
  ,"vistos" : "  Visto: la necesidad de realizar una evaluación de la Asistencia Perinatal\r\na Nivel Nacional, de acuerdo a las recomendaciones formuladas por la\r\nComisión Honoraria de Salud Materno-Infantil.\r\n\r\n Considerando: que para ello es indispensable que el Ministerio de Salud\r\nPública posea información continua en Salud en dicha área.\r\n\r\n                  El Presidente de la República\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/470-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Implántase con carácter obligatorio la utilización del Formulario\r\n\"Resumen Perinatal\" a partir del 1º de enero de 1983, el cual deberá ser\r\ncompletado por todas las Instituciones públicas y privadas donde se\r\nasistan partos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/470-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Dichos formularios, que serán provistos por el Ministerio de Salud\r\nPública a través de su División Estadística, deberán ser remitidos dentro\r\nde los diez primeros días de cada mes a la referida División, la que\r\nprocederá a su procesamiento.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/470-1982/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - LUIS A. GIVOGRE\r\n " 
 }