Modifícase la Retención Adicional a cargo del exportador de diferentes
tipos de lanas (lavada, peinada, blousse y desperdicios) establecidas en
los Decretos Nos. 182/972 de 2 de marzo de 1972, 190/972 de 7 de marzo de 1972, 250/972 de 10 de abril de 1972 y 339/972 de 11 de mayo de 1972.