FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 2002 - TRABAJADORES DOMESTICOS




Promulgación: 06/02/2002
Publicación: 15/02/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 209

Artículo 2

 Lo dispuesto en el Artículo 1º regirá a partir del 1º de enero de 2002 y 
no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales 
y de la esquila.
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