EMPLEADOS PRIVADOS. ACTIVIDAD PRIVADA. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPO N° 40. ASISTENCIA MEDICA Y SERVICIOS ANEXOS




Promulgación: 12/01/1988
Publicación: 10/03/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Fíjanse los siguientes viáticos con vigencia a partir del 1° de noviembre de 1987 para los siguientes funcionarios técnicos:

                                                         N$

Médicos

Dentro de su radio o fuera de su radio                  918.00
Por radio extenso                                     1.001.00 

Parcticantes de medicina                                 N$

Dentro de su radio o fuera de su radio                  203.00
Por radio extenso                                       250.00

Practicantes de urgencia y de guardia                    N$ 

Domingos y feriados                                     271.00
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