TRIBUTOS. EXONERACION DE IVA A LAS ENAJENACIONES DE CARNE DE AVE Y CERDO




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 16/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1385

Artículo 2

 Prorrógase por el período comprendido entre el 1º de octubre y el 31 de
diciembre de 2008 la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a las
enajenaciones de carne de cerdo con hueso, establecida en el artículo 2º
del Decreto Nº 318/008 de 30 de junio de 2008, con el mismo alcance
establecido en el artículo 2º del Decreto Nº 528/007 de 27 de diciembre de
2007.

(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 621/008 de 15/12/2008 artículo 2.
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