MINISTERIO DEL INTERIOR. APROBACION DE LA ESTRUCTURA DE CARGOS Y FUNCIONES




Promulgación: 27/11/2006
Publicación: 05/12/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1397
   VISTO: El proyecto de modificaciones a la estructura de cargos de la
Unidad Ejecutora 005 "Jefatura de Policía de Artigas", Programa 005 "Mantenimiento del Orden Interno - Interior", Inciso 04 -Ministerio del
Interior. 

   RESULTANDO: que el artículo 150 de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de
1996, faculta al Inciso 04 -  Ministerio del Interior a racionalizar el escalafón policial.

   CONSIDERANDO: 1) que el proyecto mencionado es ajustado a derecho, por
cuanto encuadra perfectamente en el citado artículo y se cumplen las exigencias impuestas por la norma en el sentido que: - no se incrementa
el crédito presupuestal, no se lesionan derechos funcionales en virtud
que en la provisión de los cargos se respeta estrictamente la lista de prelación confeccionada por las Juntas Calificadoras de la Unidad, y se disminuye la cantidad de cargos en la Unidad Ejecutora en cuestión.

   2) que resulta oportuno implementar lo expuesto precedentemente a
nivel Unidad Ejecutora y en aquellos subescalafones que requieran ser modificados en su estructura prioritariamente.

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo
7º de la Ley 17.296 de fecha 21 de febrero de 2001.

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                  DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase la estructura de cargos de la Unidad Ejecutora 005 "Jefatura de Policía de Artigas", Programa 005 "Mantenimiento del Orden Interino Interior", Inciso 04 - Ministerio del Interior que figura a continuación:

POLICIA EJECUTIVO
GRADO   Denominación          Total de Cargos
 11     COMISARIO INSPECTOR          4
 10     COMISARIO                   12
 09     SUB COMISARIO               11
 08     OFICIAL PRINCIPAL           10
 07     OFICIAL AYUDANTE            10
 06     OFICIAL SUB AYUDANTE         9
 06     SUB OFICIAL MAYOR            5
 05     SARGENTO PRIMERO             9
 04     SARGENTO                    23
 03     CABO                        35
 02     AGENTE DE PRIMERA          195
 01     AGENTE DE SEGUNDA          278
                    Total          601

POLICIA FEMENINA - P.F.
GRADO   Denominación          Total de Cargos
 06     SUB OFICAL MAYOR             1
 05     SARGENTO PRIMERO             1
 04     SARGENTO                     2
 03     CABO                         5
 02     AGENTE DE PRIMERA            6
 01     AGENTE DE SEGUNDA           17
                    Total           32

POLICIA ADMINISTRATIVA - P.A.
GRADO   Denominación          Total de Cargos
 09     SUB COMISARIO                1
 08     OFICIAL PRINCIPAL            1
 07     OFICIAL AYUDANTE             1
 06     OFICIAL SUB AYUDANTE         2
 05     SARGENTO PRIMERO             3
 04     SARGENTO                     3
 03     CABO                         4
 02     AGENTE DE PRIMERA            4
                    Total           19

POLICIA ESPECIALIZADA - P.E.
GRADO   Denominación          Total de Cargos
 06     OFICIAL SUB AYUDANTE         1
 05     SARGENTO PRIMERO             1
 04     SARGENTO                     2
 03     CABO                         2
 02     AGENTE DE PRIMERA            2
                    Total            8

POLICIA SERVICIO - P.S.
GRADO   Denominación          Total de Cargos
 02     AGENTE DE PRIMERA            1
                    Total            1

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 3.

Artículo 2

 La estructura de cargos a que refiere el artículo precedente y la correspondiente regularización tendrán vigencia a partir de la fecha de la firma del presente decreto. 

Artículo 3

 Si la estructura de cargos de setiembre 2004, tomada como referencia para la elaboración de la estructura que figura en el articulo 1º del presente sufriera cambios en los cargos por otros actos administrativos durante el período de tramitación de este Decreto, los mismos modificarán las estructuras a que se refiere el antedicho artículo 1º.

Artículo 4

 La Contaduría General de la Nación ajustará los créditos presupuestarios necesarios para la aplicación del presente Decreto. Los que no hubieran sido utilizados serán reasignados al destino dispuesto por el artículo 150 de la Ley 16.736, en un Objeto del gasto - Auxiliar específico que la Contaduría General de la Nación definirá a esos efectos, para su posterior asignación definitiva a las diferentes Unidades Ejecutoras del Inciso 04 - Ministerio del Interior.

Artículo 5

 Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 6

 Publíquese, comuníquese al Departamento de Personal de Secretaría, a la Jefatura de Policía de Artigas y a la Contaduría Central del Inciso 04 - Ministerio del Interior; cumplido archívese.

TABARE VAZQUEZ - JOSE DIAZ - DANILO ASTORI
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