ACTUALIZACION DE LOS VALORES DE LAS SANCIONES POR INFRACCIONES A LA LEY 13.459 RELATIVA A LA LUCHA CONTRA LA HIDATIDOSIS. DICIEMBRE 1983




Promulgación: 06/12/1983
Publicación: 20/12/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 1155
  Visto: la gestión promovida por la Comisión Honoraria de Lucha contra la
Hidatidosis, con el fin de actualizar los valores de las sanciones fijadas
por infracciones a la ley 13.459, de 9 de diciembre de 1965 y decreto
reglamentario 88/969, de 11 de febrero de 1969.

  Considerando: que es necesario adecuar el importe de los valores
fijados, para las referidas sanciones, por los artículos. 51 y 52 del
decreto 88/969, de 11 de febrero de 1969 y decreto 660/975, de acuerdo
con lo informado por la Comisión Honoraria de Lucha contra la Hidatidosis.

  Atento: a la facultad conferida por el artículo 387 de la ley 14.189, de
30 de abril de 1974,

                       El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Las sanciones establecidas por los literales del artículo 51 del
decreto 88/969, de 11 de febrero de 1969 quedan fijadas de acuerdo al
siguiente detalle:

 1º En N$ 367,00 (nuevos pesos trescientos sesenta y siete) para los
    literales a), b), c), d), e) y f).
 2º En N$ 198.00 (nuevos pesos ciento noventa y ocho) para los literales
    g) y h).
 3º En N$ 110.00 (nuevos pesos ciento diez) para el literal i).
 4º En N$ 367,.00 (nuevos pesos trescientos sesenta y siete para el
    literal j).
Referencias al artículo

ALVAREZ - LUIS A. GIVOGRE
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