APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2004




Promulgación: 31/12/2004
Publicación: 11/01/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 1664
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - INGRESOS Y EGRESOS

Artículo 28

 Los funcionarios que, por resolución fundada de la Dirección General de
Casinos, desempeñen a criterio de ésta y en forma exclusiva y permanente,
tareas propias de una clase de cargo diferente a la que pertenecen, a
partir de la aprobación del presente Decreto, tendrán derecho a percibir
la compensación que prevén las normas generales para los casos de
subrogación de funciones, sujeta a los mismos plazos y condiciones que
ésta. La citada compensación, durante el término de su vigencia, se
deberá tener en cuenta a los efectos de la distribución del porcentaje
previsto en el Decreto N° 360/978 de 28 de junio de 1978, modificativos y
concordantes.
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