{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "465" 
  ,"anioNorma" : 2008 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE LOS PROGRAMAS INTEGRALES DE SALUD Y CATALOGO DE PRESTACIONES DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2008/10/27/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "03/10/2008" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/10/2008" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2008 
  ,"pagina" : 1208 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/465-2008?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " \r\nVISTO: el Artículo 45º de la Ley Nº 18.211 de 5 de diciembre de 2007, que\r\nestablece que las entidades públicas y privadas que integren el Sistema\r\nNacional Integrado de Salud, deberán suministrar a su población usuaria\r\nlos Programas Integrales de prestaciones que apruebe el Ministerio de\r\nSalud Pública;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que, el Literal B) del Artículo 51º de la citada Ley,\r\ndetermina que todos los usuarios del Sistema Nacional Integrado de Salud\r\ntienen derecho a percibir dichas prestaciones, en igualdad de condiciones;\r\n\r\nII) que, a su vez el Artículo 46º del referido cuerpo legal, deriva a la\r\nreglamentación la definición taxativa de las prestaciones incluidas en los\r\nProgramas Integrales de Salud de observancia obligatoria;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que, es objetivo del Sistema Nacional Integrado de Salud\r\nimplementar un modelo de atención integral, definido a partir de acciones\r\nde promoción, protección, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno,\r\nrecuperación, rehabilitación, incluyendo cuidados paliativos, respetando\r\nlos principios de la Bioética y la calidad de la atención, de modo que los\r\nusuarios pasen a ser el centro del Sistema;\r\n\r\nII) que, la importancia que la Reforma Sanitaria en curso le otorga al\r\ncambio de modelo de atención en salud como respuesta a la realidad\r\ndemográfica y epidemiológica del País, para lo cual se requiere trabajar\r\ncon programas y desde equipos de salud estables y responsables de la\r\ncontinuidad de los servicios a lo largo del tiempo, superando la atención\r\nfragmentada y concebida como una sumatoria de prestaciones;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n                     Actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/465-2008/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébanse los Programas Integrales de Salud y el Catálogo de\r\nPrestaciones definidos por el Ministerio de Salud Pública, que deberán\r\nbrindar a sus usuarios los prestadores que integren el Sistema Nacional\r\nIntegrado de Salud, contenidos en los Anexos I y II, que se agregan y\r\nforman parte integrante del presente Decreto. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b>\r\n      Decreto Nº 180/026 de 23/07/2026 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/180-2026/1\" >1</a>,\r\n      Decreto Nº 238/024 de 22/08/2024 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/238-2024/1\" >1</a>,\r\n      Decreto Nº 115/024 de 23/04/2024 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/115-2024/1\" >1</a>,\r\n      Decreto Nº 116/024 de 23/04/2024 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/116-2024/1\" >1</a>,\r\n      Decreto Nº 266/018 de 27/08/2018 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/266-2018/1\" >1</a>,\r\n      Decreto Nº 53/018 de 05/03/2018 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/53-2018/2\" >2</a>,\r\n      Decreto Nº 305/011 de 23/08/2011 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/305-2011/1\" >1</a>.\r\n<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/465-2008#ANEXO\" >Texto/imagen</a>.\r\n<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/465-2008/3\" >3</a>.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/465-2008/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/465-2008/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Las prestaciones incluidas en los Anexos mencionados no darán derecho a\r\nlos prestadores al cobro alguno a los usuarios del Sistema Nacional\r\nIntegrado de Salud, amparados en el Seguro Nacional de Salud, a excepción\r\nde las tasas moderadoras que autorice el Poder Ejecutivo, de conformidad\r\ncon el Artículo 19º de la Ley Nº 18.211 de 5 de diciembre de 2007.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/465-2008/3" 
 ,"textoArticulo" : "  El Ministerio de Salud Pública actualizará periódicamente los Programas\r\nIntegrales y el Catálogo de Prestaciones de Salud a que refiere el\r\nArtículo 1º del presente Decreto, de acuerdo a la evidencia científica, la\r\nrealidad demográfica y epidemiológica de la población, así como el estudio\r\nde costos.\r\n\r\nLa inclusión de nuevas prestaciones tomará en cuenta la existencia de\r\neconomías derivadas de mejoras en la eficiencia del Sistema, de la\r\nincorporación de nuevos usuarios a los padrones de los prestadores y de la\r\nsustentabilidad del Sector Salud, de acuerdo a la realidad del País.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/465-2008/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/465-2008/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Deróganse todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en el\r\npresente Decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/465-2008/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA - JOSE BAYARDI - MARIA SIMON - VICTOR ROSSI - DANIEL MARTINEZ - EDUARDO BONOMI - MARIA JULIA MUÑOZ - ERNESTO AGAZZI - HECTOR LESCANO - CARLOS COLACCE - MARINA ARISMENDI\r\n " 
 }