{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "464" 
  ,"anioNorma" : 1991 
  ,"nombreNorma" : "PARTIDAS PRESUPUESTALES - INVERSIONES PUBLICAS. EJERCICIO 1991" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/02/10/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "26/08/1991" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/02/1992" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "Addenda" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1991 
  ,"pagina" : 515 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: lo dispuesto por la ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990.\r\n\r\n  Resultando: I)  Que por el artículo 69 de la citada norma legal se\r\ndispone el  abatimiento del 50 % de las inversiones proyectadas en los\r\nincisos 02  a 14,  para adquisiciones  de vehículos,  equipamientos  y\r\nmobiliarios, excluidos  aquellos destinados  a tareas  vinculadas a la\r\nsalud, seguridad  interna, agropecuarias, técnico-científico, así como\r\nlas que resulten imprescindibles para el cumplimiento de los cometidos\r\nasignados a los organismos afectados por esta norma legal;\r\n\r\nII) Que  la citada  norma legal  dispone a su vez que los recursos\r\nresultantes  del  abatimiento  dispuesto,  se  destinarán,  en  primer\r\ntérmino al  Hospital de  Quemados del Ministerio de Salud Pública -por\r\núnica vez-, y el remanente por partes iguales, a las obras civiles del\r\nSODRE y  a las viviendas de interés social del Ministerio de Vivienda,\r\nOrdenamiento Territorial y Medio Ambiente.\r\n\r\n  Considerando: que  la Oficina  de Planeamiento  y  Presupuesto  ha\r\nsolicitado a  los Jerarcas  de los  incisos 02  a 14,  la  información\r\npertinente para el año 1991.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,\r\n\r\n    El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/464-1991/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjanse los siguientes montos de abatimiento de las asignaciones\r\npresupuestales  para el  ejercicio 1991, a precios del 1º de enero de\r\n1990, en los incisos que se indican a continuación. La apertura a nivel\r\nde proyectos de inversión se incluye en el ANEXO<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0> que forma parte\r\nintegrante de este Decreto.\r\n\r\n    Inciso        Denominación                              N$\r\n\r\n    02   Presidencia de la República                    207.478.000\r\n    03   Ministerio de Defensa Nacional                 369.541.000\r\n    04   Ministerio del Interior                         38.040.000\r\n    05   Ministerio de Economía y Finanzas               42.483.500\r\n    06   Ministerio de Relaciones Exteriores              4.750.000\r\n    07   Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca   360.214.634\r\n    08   Ministerio de Industria, Energía y Minería      29.855.000\r\n    09   Ministerio de Turismo                           49.910.000\r\n    10   Ministerio de Transporte y Obras Públicas      385.702.500\r\n    11   Ministerio de Educación y Cultura              340.673.750\r\n    12   Ministerio de Salud Pública                    183.942.500\r\n    13   Ministerio de Trabajo y Seguridad Social        30.453.500\r\n    14   Ministerio de Vivienda, Ordenamiento\r\n         Territorial y Medio Ambiente                   712.828.000\r\n\r\n                                           TOTAL:     2.755.872.384  \r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1992/02/10/2\" target=\"_blank\">Nº 464/991</a> de \r\n26/08/1991.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/464-1991/2" 
 ,"textoArticulo" : "     Asígnase los recursos resultantes del artículo 1, a los Incisos y\r\nproyectos siguientes:\r\n\r\n    Inciso       Denominación                          N$\r\n\r\n    11   Ministerio de Educación y Cultura\r\n    Programa 007: Org. Espec. Artíst. Administ.\r\n    Radio y T.V. Oficiales\r\n    Proyecto 803: Obras Civiles SODRE              130.186.192\r\n\r\n    12   Ministerio de Salud Pública\r\n    Programa 02: Prestación Integral de los\r\n    Servicios de Salud.\r\n    Proyecto 734: Ampliación y Equipamiento\r\n                Centros de Quemados              2.495.500.000\r\n    (equivalente a U$S 3.100.000)\r\n\r\n    14   Ministerio de Vivienda, Ordenamiento\r\n    Territorial y Medio Ambiente\r\n    Programa 102: Form. Ejec. Superv. y\r\n                Evaluación Planes de Vivienda\r\n    Proyecto 704: Plan Quinquenal de Viviendas\r\n                1990-1994                          130.186.192\r\n\r\n                                          TOTAL  2.755.872.384\r\n\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/464-1991/3" 
 ,"textoArticulo" : "      Comuníquese, publíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - HECTOR GROS ESPIELL - ENRIQUE\r\nBRAGA SILVA - MARIANO R. BRITO - GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO\r\nGOÑI - AUGUSTO MONTESDEOCA - ENRIQUE ALVARO CARBONE - CARLOS E. DELPIAZZO\r\n- ALVARO RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - RAUL LAGO\r\n " 
 }