{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "463" 
  ,"anioNorma" : 2001 
  ,"nombreNorma" : "INCREMENTO DE CREDITO EN EL PLANILLADO ANEXO A LA LEY DE PRESUPUESTO Nº 17.296. PODER JUDICIAL\r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2001/12/06/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/11/2001" 
  ,"fechaPublicacion" : "06/12/2001" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2001 
  ,"pagina" : 1439 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la gestión iniciada por la Suprema Corte de Justicia solicitando \r\nefectuar las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron \r\nen la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-\r\n\r\nRESULTANDO: I) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 27 de agosto de \r\n1987 se adjudicaron un total de 200 Unidades Reajustables anuales para \r\nabonar las Primas por Quebranto de Caja a los funcionarios que manejan \r\nfondos en el Poder Judicial.-\r\n\r\nII) que se constató que erróneamente se había proyectado y registrado, \r\npara los ejercicios 2001 a 2004, en el Inciso 16 \"Poder Judicial\", \r\nFinanciación 1.1, Objeto del Gasto 045.005 \"Quebrantos de Caja\", una \r\ncifra aproximada a 103 Unidades Reajustables a valores de 31 de diciembre \r\nde 1999, que no alcanza para dar cumplimiento a la mencionada \r\nResolución.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que es necesario efectuar las correcciones de los \r\nreferidos errores y omisiones.-\r\n\r\nII) que corresponde modificar los créditos asignados para que se refleje \r\nen ellos la distribución de Unidades Reajustables dispuesta por la \r\nResolución del Poder Ejecutivo de 27 de agosto de 1987.-\r\n\r\nATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la \r\nContaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la \r\nLey Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/463-2001/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Modifícase, en el planillado anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero \r\nde 2001, en el Inciso 16 \"Poder Judicial\", Unidad Ejecutora 101, \r\nFinanciación 1.2 \"Rentas Generales\", los créditos asignados para los años \r\n2001 a 2004, según el siguiente detalle:\r\n\r\n                 Valor de la U.R. al 31/12/99 = $ 194,93                  \r\n                                                                          \r\nOBJETO                                  PERIODO 2001 A 2004\r\n045/005                                           18.783,oo\r\n059                                                1.565,oo\r\n081                                                3.968,oo\r\n082                                                  203,oo\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/463-2001/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Dese cuenta a la Asamblea General.-\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/463-2001/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.-\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - ALBERTO BENSION\r\n\r\n\r\n " 
 }