La Comisión se compondrá de un representante de cada uno de los
siguientes Organismos: Ministerio de Turismo y Deporte quien presidirá la
Comisión, I.N.A.U. y Dirección General de Casinos. Podrán ser invitados a
integrarla las siguientes entidades, con un representante cada una:
Asociación de Propietarios de Caballos SPC, Hípica Rioplatense Uruguay
S.A., Comisión Administradora del Hipódromo de Las Piedras, Comisión de
Asuntos Ecuestres y Asociación de Entraineurs y Jockeys que podrá tener
dos representantes, uno de ellos deberá ser cuidador y el otro jockey en
actividad.
Las instituciones mencionadas precedentemente deberán designar a sus
representantes (1 titular y 2 suplentes), dentro de los 30 días
posteriores a la fecha de este Decreto.
La Comisión, dentro de los treinta días de constituida, deberá aprobar su
propio Reglamento Interno de funcionamiento.