APROBACION DE BONIFICACIONES EN LAS TARIFAS DE UTE




Promulgación: 28/08/1985
Publicación: 11/09/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 238
   Visto: la tarifa excedentaria bonificada proyectada por la
Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas, a regir con
carácter promocional para las producciones correspondientes a
agosto-diciembre de 1985.

   Resultando: que el artículo 14 del decreto ley 14.694 faculta a dicho
Organismo para proponer al Poder Ejecutivo la fijación de sus tarifas.

   Considerando: que de los asesoramientos recabados por la Administración
proponente resulta procedente aprobar el mecanismo de bonificación a
aplicar a los suscritores de las Tarifas 1, 2, 3 y 6.

   Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Energía y la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía y por la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto,

                     El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase para todos los servicios residenciales, comerciales e
industriales del país (Tarifas 1, 2, 3 y 6) que presta la Administración
Nacional de Usinas y trasmisiones Eléctricas, desde la producción
agosto/85 hasta la producción diciembre/85, una bonificación consistente
en la reducción del 50% sobre los kWh esperados estadísticamente,
calculados a partir de un mes de referencia.

SANGUINETTI - CARLOS JOSE PIRAN - LUIS MOSCA
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